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Valores del Tribunal de Cuentas
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El Tribunal de Cuentas es un Órgano Técnico y Especializado con autonomía funcional y carácter colegiado instituido por el Artículo 144º de la Constitución Provincial que, en ejercicio del control externo posterior, tiene a su cargo: controlar la legalidad de los actos; examinar las cuentas y declarar las responsabilidades que resulten; examinar e informar la Cuenta de Inversión; auditar con enfoque integral; fiscalizar y comunicar lo actuado y dictaminado de acuerdo con sus atribuciones; siendo así reconocido como Órgano de Control Externo de la Hacienda Pública, en lo referido a la custodia de los fondos públicos y el mejoramiento de la gestión del Sector Público.

Valores del Tribunal de Cuentas

  • Integridad: vocación de actuar con firmeza, pero sin deslices que desplacen las auténticas funciones e intereses institucionales y el respeto que se merecen los sujetos sometidos a su jurisdicción, por intereses particulares, ajenos o mezquinos.
  • Excelencia: proceso de mejoramiento continuo y armónico que tiende a maximizar la eficiencia en todos los aspectos del trabajo.
  • Independencia: cualidad de mantenerse ecuánime respecto al resto de los poderes.
  • Profesionalismo: manera de desarrollar el trabajo con total compromiso y responsabilidad, acorde a la formación específica y siguiendo las pautas técnicas preestablecidas para cada disciplina, debidamente actualizadas.
  • Transparencia: compromiso de brindar a los ciudadanos información y establecer mecanismos de acceso a la misma.
  • Credibilidad:  capacidad de generar confianza en la ciudadanía conforme la certeza, la objetividad y oportunidad de la información brindada.
  • Solidaridad:  concretar acciones que tomen en cuenta el otro y su circunstancia, a construir una atmósfera organizacional fundada en valores compartidos, tanto para las relaciones internas como las externas.

Los Valores de este Órgano de Control Externo se sustentan en el siguiente concepto de:

Ética Pública : actuar con diligencia, competencia y genuina preocupación por los legítimos intereses de la organización y de cada persona individualmente considerada con la que la actividad estatal se vincula.


Modificado: 20/10/2025 11:00