APRUEBA MANUAL DE NORMAS TÉCNICAS DE FISCALIZACIÓN DE LA HACIENDA PUBLICA

 

(FECHA DE VIGENCIA DE LA PRESENTE RESOLUCIÓN A PARTIR DE SU PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL LOS DIAS 03, 04 Y 05-10-2006)

RESOLUCION N°   028/06-   TCP

SANTAFE, 31 de agosto de 2006.-

 

VISTO:

 

La Ley 12.510 de Administración, Eficiencia y Control del Estado promulgada por Decreto Nº 001 del 2 de enero de 2006, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que, de acuerdo a lo establecido por el artículo 200º inc. g) de la Ley 12.510 este Tribunal de Cuentas se reúne en acuerdo plenario a efectos  de  “Dictar las normas reglamentarias a las que debe ajustarse el Organismo en materia de control externo, examen de legalidad y de gestión y juicio de cuentas, juicio de responsabilidad y procedimientos de auditoría externa, y formular criterios de interpretación de la normativa vigente”;

 

Que, el artículo 202° establece para este  Tribunal de Cuentas entre sus competencias el  ejercer el control externo posterior del Sector Público Provincial No Financiero, mediante   "...b) La auditoría y control posterior legal, presupuestario, económico, financiero, operativo, patrimonial, y de gestión y el dictamen de los estados financieros y contables del Sector Público Provincial No Financiero...".

 

Que, el artículo 203º, en su inciso v),  atribuye al Tribunal de Cuentas, entre otras,  las facultades de "Dictar las normas a las que se debe ajustar el organismo en materia de auditoria externa, las que responderán a un modelo de control y auditoría  integrada, que abarque los aspectos financieros, de legalidad y de economía, eficiencia y eficacia";

 

Que, este Organismo viene utilizado las “Normas de Auditoría Externa para el Sector Público”, recomendadas por el Secretariado Permanente de Tribunales de Cuentas de la República Argentina y elaboradas por el Instituto de Estudios Técnicos e Investigaciones (I.E.T.E.I.);

 

Que a través de los talleres del  I.E.T.E.I. se ha elaborado un Manual de Normas Técnicas de Fiscalización de la Hacienda Pública que se integran con las de Auditoría Externa para el Sector Público, Auditoría sobre control de Ingresos Públicos, Auditoría Informática, Auditoría Jurídica y Administrativa y Auditoría de Obras Públicas;

 

Que atento a que, como se cita en el primer párrafo del considerando, la Ley 12.510 incorpora  la  facultad  de  dictar  normas  de  control  externo  en  materia de gestión, resulta

necesario complementar  la reglamentación ya efectuada por este Tribunal de Cuentas sobre diversos aspectos, con otras que incorporen las auditorías de gestión;

 

Que existen antecedentes en la materia, en el orden nacional, que resulta de utilidad considerar a efectos de su aplicación en el orden provincial;

 

Que, la Auditoría General de la Nación aprobó Normas de Auditoría Externa que incluyen las “Normas Particulares relacionadas con la Auditoría de Gestion” (Resolución 145/93 AGN), el “Manual de Procedimientos de Auditoría de Gestión de Empresas y Sociedades del Estado” y el Documento Técnico Nº 5  "Herramientas de Auditoría de Gestión";

 

Que, el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación implementó un Manual de Auditoría para Planes Sociales, el cual fue adoptado por la Red Federal de Control Público con el objeto de uniformar los criterios de evaluación y contenido de los informes de auditoría;

 

Que, este Tribunal de Cuentas es miembro de la Red Federal, a partid del 8 de julio de 2004 mediante la firma del Acta Convenio de Coordinación y Cooperación Técnica con el Comité de Auditoría Federal  de la Red Federal de Control Público, en el marco del Convenio de Coordinación y Cooperación Técnica entre el Secretariado Permanente de Tribunales de Cuentas de la República Argentina  y la Red Federal de Control Público firmado el  28 de abril de 2004;

 

Que el Título VI, Sistema de Control Externo, Capítulo I Tribunal de Cuentas, contiene disposiciones que este Organismo debe reglamentar; en ese contexto resulta necesario dictar un nuevo cuerpo normativo que establezca los procedimientos que deben ser observados en el marco de la Sección III de la Ley 12510 y que sustituya la reglamentación vigente;

 

Por ello, en Reunión Plenaria realizada en fecha 31-08-2006, y registrada en Acta N° 1182,

 

EL H. TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA PROVINCIA

R e s u e l v e:

 

ARTICULO 1º: Aprobar la aplicación, en materia de auditorías, del Manual de Normas Técnicas de Fiscalización  de  la Hacienda Pública, que  como  ANEXO I  forma parte de la presente Resolución.

 

ARTICULO 2º: Aprobar la aplicación en forma supletoria y/o complementaria de la  normativa, que como ANEXO II  forma parte de la presente Resolución.

 

ARTICULO 3º:  Derógase la Resolución TCP Nº 023/96.

 

ARTICULO 4º:  Regístrese, comuníquese y archívese.-

 

 

Fdo.:  C.P.N. Nora R. Vallejos-Presidenta-TCP.

C.P.N. Angel Espósito-Vocal.-

 C.P.N. Horacio R. Alesandria-Vocal.

C.P.N. José Luis Bettello-Vocal Subrogante.

C.P.N. Bernardo M. Salzman-Vocal Subrogante.

C.P.N. Adrián N. Escudero-DGAP.-

 

 

 

ANEXO I

 

Manual de Normas Técnicas de Fiscalización de la Hacienda Pública.

 

 

ANEXO II

 

A - AUDITORIA GENERAL DE LA NACION

 

Normas de Auditoría Externa aprobadas por Resolución Nº 145/93 AGN

De Procedimientos de Auditoría de Gestión de Empresas y Sociedades del Estado.

Documento Técnico Nº 5  "Herramientas de Auditoría de Gestión".

 

 

B - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL DE LA NACIÓN:

 

 Manual de Auditoría para Planes Sociales.

 

OoOOoo

 

Fdo.:  C.P.N. Nora R. Vallejos-Presidenta-TCP.

C.P.N. Angel Espósito-Vocal.-

C.P.N. Horacio R. Alesandria-Vocal.

C.P.N. José Luis Bettello-Vocal Subrogante.

C.P.N. Bernardo M. Salzman-Vocal Subrogante.

C.P.N. Adrián N. Escudero-DGAP.-